![Herencia seguros de vida](https://www.segurosdevida.net/wp-content/uploads/2020/07/image-8.png)
Los seguros de vida son contratos que se ejecutan en caso de que quién establece dicho contrato fallece, es decir estos son garantías que se establecen en una negociación previa y que quedan bajo la condición de ejecutarse en caso de que el acreedor fallezca.
Es importante establecer que bajo este contexto se establece al seguro de vida como un aporte financiero en el que los beneficiarios estarán establecidos en el contrato de acuerdo a las voluntades que establezca el cliente.
Los beneficiarios de un seguro de vida pueden ser personas que guarden relación directa comprobable con quién solicita el seguro de vida, esto implica que pueden ser amigos o familiares que gocen de la amistad o afecto del asegurado.
Conociendo lo anterior es incluso posible que un único asegurado establezca más de un beneficiario para la ejecución de su seguro de vida, este se ejecutará solo en caso de fallecimiento del asegurado.
Es decir, si en una familia la parte A (una de las partes de la pareja) posee un seguro de vida en el que la parte B y sus 2 hijos son beneficiarios, este seguro se ejecutará solo en caso del deceso de la parte A dejando la indemnización a los 2 hijos y la parte B.
Nombramiento de los beneficiarios ante una póliza de vida
Los beneficiarios de un seguro de vida serán nombrados por el asegurado al momento de contratar el servicio de la póliza, sin embargo estos beneficiarios también pueden ser sometidos a modificaciones a voluntad del propio acreedor del seguro.
Para el nombramiento de los mismos se pueden establecer dos alternativas, el nombramiento puntualizado y el nombramiento genérico.
Cuando se dice de un nombramiento puntualizado de beneficiarios quiere decir que estos son identificados con nombre y apellido, mientras que si es nombramiento genérico sólo se hace referencia al parentesco como hijos, cónyuge, entre otros.
Distribución de la indemnización en caso de varios beneficiarios
Cuando existan varios beneficiarios de un seguro de vida la distribución de la indemnización que ejecuta la póliza se hará de forma equitativa entre todas las partes designadas como beneficiario, a menos que el asegurado haya establecido una distribución.
En este sentido la distribución establecida quedará plasmada en el contrato de la póliza y se ejecutará conforme al acuerdo que el asegurado aprobó, por otra parte también puede darse el escenario en que el asegurado haya establecido una distribución diferente a voluntad.
Esto puede ocurrir si se establece un testamento en cuya variante los abogados que resguardan la ejecución del mismo deben velar que los beneficios sean repartidos según las voluntades establecidas por el asegurado.
Establecer a los beneficiarios de una póliza de vida es uno de los pasos más importantes siendo la opción de nombramiento puntúal la más oportuna en caso de que se deseen realizar reparticiones específicas o modificaciones a futuro.
Se debe tener en cuenta que la indemnización por este tipo de pólizas también puede ser implementada como una medida para palear deudas pendientes o posibles gastos añadidos por el deceso.